– Podrán hacer uso del servicio de préstamo domiciliario todas las personas de la comunidad universitaria de la UNED.
– Para tener acceso al servicio de préstamo deben presentar su carné de la UNED.
– Todo el fondo de la biblioteca será objeto de préstamo con las siguientes excepciones (con tejuelo rojo):
- Las obras de referencia (enciclopedias, diccionarios, etc.).
- Las revistas.
- Obras de carácter singular o de especial valor.
Número de préstamos por tipo de usuario
Tabla de circulación donde se indica el número de préstamos que se pueden realizar y el plazo máximo de préstamo en cada caso.
Si el documento deseado está prestado, podrá reservarse desde el Buscador de la Biblioteca.
– No se envían materiales a las Extensiones, Aulas, ni particulares. Las devoluciones podrán hacerse por Paquete Azul (Servicio de Correos) o mensajería.
– La renovación del préstamo puede hacerse personalmente o a través del Buscador de la Biblioteca, siempre que no existan reservas para el documento.
Régimen disciplinario. BICI 29 (09/05/2016)
Art. 24. Se establecen tres tipos de infracciones: muy graves, graves y leves.
Art. 25. Son infracciones muy graves:
- La sustracción de libros, revistas u otro material.
- La no devolucón de los documentos prestados.
- El uso indebido de las instalaciones y equipamiento de la Biblioteca que ocasionen un grave perjuicio a la misma.
- La alteración del orden en las instalaciones de la Biblioteca.
- La reiteración de faltas graves.
Art. 26. Son infracciones graves:
- El deterioro o pérdida de los fondos bibliográficos, de cualquier tipo y en cualquier soporte.
- La reiteración de faltas leves.
Art. 27. Son infracciones leves:
- El incumplimiento de los plazos establecidos para la devolución de los documentos en préstamo.
Art. 28. De acuerdo con la gravedad de las faltas se establecen las siguientes sanciones:
- Las infracciones muy graves se sancionarán con la suspensión del préstamo y la prohibición de acceso a la Biblioteca de uno a dos cursos académicos.
- Las infracciones graves se sancionarán con la suspensión del préstamo hasta que los libros perdidos o deteriorados sean repuestos. En el caso de reiteración de faltas leves, la sanción será la supresión del préstamo durante 6 meses.
- Las infracciones leves se sancionarán con la suspensión del préstamo por un periodo de tiempo igual al de la demora.
- La alteración grave del orden supondrá la prohibición de la entrada a la misma o la expulsión de sus instalaciones y, en caso de negativa de abandonarla tras ser requerido para ello, podrá darse aviso a los agentes de la autoridad para su identificación y desalojo y, en su caso, formular la correspondiente denuncia por allanamiento.